Ayudas a la vivienda 2018: todo lo que debes saber sobre el nuevo Plan de Vivienda

Edificios de comunidad de vecinos

El nuevo Plan de Vivienda 2018, aprobado el pasado 9 de marzo, comprende el periodo 2018-2021. El Ministerio de Fomento ya ha anunciado que tendrá un carácter retroactivo y empezará a contar desde el 1 de enero.

Este plan contempla dos grandes vías de actuación: ayudas al alquiler y a la compra de vivienda, tanto para menores de 35 años, mayores de 65 y personas desahuciadas.

Además, facilitará el acceso a la vivienda, alquiler y compra, en las zonas afectadas por la despoblación rural. Por lo tanto, este nuevo plan limita las ayudas a la compra en poblaciones con menos de 5 000 habitantes. De modo que no permitirá el acceso a la misma de la inmensa mayoría de menores de 35 años. La mayoría de estas poblaciones se encuentran en zonas rurales, y es que precisamente ese es uno de los objetivos del nuevo plan: evitar la despoblación de las zonas rurales.

“Promover el alquiler,

facilitar el acceso a la vivienda a colectivos vulnerables

e impulsar la regeneración urbana y rural”

 

Desde el mes de marzo se están firmando convenios bilaterales entre el gobierno y las comunidades autónomas. Estas deberán asumir el 30% del importe total de las ayudas por el aumento dePlan de Vivienda 2018 los recursos que, según Hacienda, van a percibir del sistema de financiación territorial.

El Plan de Vivienda también contempla un programa para mayores y personas con discapacidad. Además, ofrece una ayuda para rehabilitar viviendas con servicios e instalaciones adaptados durante un plazo de 40 años al alquiler como mínimo. La renta de las viviendas adaptadas está limitada a 9,5 euros por metro cuadrado útil al mes y los ingresos del arrendatario a 5 veces el Iprem (2.689,2 euros al mes por 14 pagas). La ayuda al promotor es de hasta 400 euros por metro cuadrado útil, con un límite del 40% del total de la inversión.

Otro de los cambios importantes en el nuevo plan es la obligación por parte de las comunidades autónomas de cofinanciar junto con el estado. Hasta ahora, era opcional y podían dar o no una parte complementaria. Con el nuevo programa, se pretende que las comunidades se comprometan desde el principio. El objetivo es que de cada 100 euros en ayudas, el estado aporte 70 y las comunidades, 30. Pero para llegar a esos 100 euros, hay requisitos. De los primeros 70 euros, las comunidades deben aportar 10. Solo así se añaden los 30 restantes, de los cuales el Estado aporta otros 10 y las autonomías, 20. En total, un reparto 70-30.

 

⊛ ¿Como puedo solicitar las ayudas del Plan de Vivienda 2018? ⊛

La solicitud de estas ayudas tendrá que hacerse a través de la Consejería de Vivienda de cada comunidad autónoma ya que cada una establece su propia normativa

 

El importe total de este plan está cuantificado en 1.443 millones de euros en total, un 62,46% más que el anterior plan (2013-2016), según las cifras del Gobierno. Serán 350 millones de euros en 2018, 357 millones en 2019, 364 millones en 2020 y 372 millones en 2021.

 

bienRequisitos: ¿quién puede solicitar las ayudas del nuevo Plan de Vivienda 2018? 

 

Límite de ingresos anuales y excepciones

Se ha establecido un límite de ingresos fijado en 22. 558,77 euros, lo que equivale a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este límite es igual para todos los tipos de ayuda: compra o alquiler.

Además, los solicitantes no podrán ser propietarios de otra vivienda. En el caso de personas mayores de 65 años, su patrimonio no podrá ser igual o superior a 100. 000 euros. En el caso de personas desahuciadas, no podrán tener disponibilidad de otra vivienda.

En algunos casos se aumenta el límite de los ingresos anuales de los posibles beneficiarios como el de familia numerosa general o personas con discapacidad, para este caso se fija un máximo anual de cuatro veces el IPREM, 30.078,36 euros. En el caso de familia numerosa especial o con algún miembro con alguna discapacidad grave como parálisis cerebral, enfermedad mental o con un grado de discapacidad reconocida del 33%. En esto caso el máximo se fija en cinco veces el IPREM, 37.597, 95 euros.

Alquiler para menores de 35 años

SI tienes entre 18 y 35 años de edad, puedes beneficiarte de esta plan con una ayuda de hasta el 50% del alquiler. Además de no superar el límite de ingresos fijados, el precio del alquiler no podrá superar los 600 euros aunque en algunos casos justificados el límite podrá ser de 900 euros. Así mismo, no podrás ser propietario de una vivienda y la alquilada debe ser tu residencia habitual durante el periodo de la ayuda.

Alquiler entre 35 y 65 años

Si estás en esta franja de edad, la ayuda está dirigida a personas con dificultades económicas. Tu unidad de convivencia deberá tener unos ingresos inferiores a tres veces el IPREM 22.558,77 euros, excepto en el caso de familia numerosa general o con algún miembro con alguna discapacidad. En este caso, se concederá hasta el 40% de la renta del alquiler. En este caso también se mantiene el precio del alquiler fijado en un máximo de 600 o 900 euros en casos justificados.

Alquiler para mayores de 65 años

Las personas mayores de 65 años también podrán beneficiarse de estas ayudas con la subvención de un 50% del precio del alquiler. Se mantienen los mismos requisitos de antes: ingresos máximos anuales de 22.558,77 euros, sin vivienda en propiedad y un patrimonio superior a los 100 000 euros. El precio del alquiler no podrá superar los 600 euros, 900 para casos justificados.

Subvención a partir de los 600 euros de alquiler

En los casos en que se amplíe el máximo de la renta mensual a 900 euros, no se mantendrá la subvención del 50% o el 40%, según el caso. Ese porcentaje solo se aplicará a los primeros 600 euros. Para los 300 restantes, la ayuda será de hasta el 30%. El máximo de la cuantía de la ayuda al alquiler por tanto será de 390 euros (para menores de 35 y mayores de 65 años) y de 330 euros para los ciudadanos con dificultades económicas.

Ayuda a desahuciados

Este plan contempla una ayuda para personas desahuciadas de la que ha sido su vivienda habitual. En este caso, el Estado se hará cargo del 80% del precio del alquiler y las comunidades autónomas del 20% restante. Además, el Gobierno pondrá a disposición de este colectivo viviendas desocupadas de las entidades financieras y otros propietarios para que puedan alquilarlas. El precio del alquiler, en este caso, debe ser igual e inferior a los 400 euros mensuales y el importe de la ayuda puede llegar a ser hasta el 100%.

Ayuda para menores de 35 años que quieran comprar

La ayuda será del 20% del precio de la adquisición del inmueble, pero no deberá ser superior a los 10.800 euros. Los beneficiarios tendrán que cumplir una serie de requisitos como ser menor de 35 años, tener unos ingresos inferiores a 22.558,77 euros y que el precio de la vivienda no supere los 100.000 euros. Además, la casa deberá estar ubicada en un municipio de menos de 5.000 habitantes, para evitar la despoblación de las zonas rurales.

 

 

ubicación¿Qué cantidad va a recibir cada comunidad autónoma dentro de este Plan?

La comunidad autónoma que más va a recibir dentro de este plan es Andalucía, mientras que  Ceuta y Melilla, serán las que menos recibirán. A continuación, te dejamos el reparto del presupuesto del nuevo Plan de 2018-2021

Andalucía: Recibirá un total de  247,7 millones. En el ejercicio anterior recibió 137,6 millones de euros

Aragón: Recibirá un total de 54 millones. En el ejercicio anterior recibió 44 millones de euros

Asturias: Recibirá 47,6 millones. Anteriormente recibió 26,5 millones de euros

Baleares: Recibirá 34 millones.

Canarias: Recibirá 76,4 millones, a diferencia de los 42,6 millones de euros del ejercicio anterior

Cantabria: Recibirá 27,4 millones. Anteriormente recibió 15,2 millones de euros

Castilla-La Mancha: Recibirá un total de 57,7 millones a diferencia de los 32,2 millones de euros de antes.

Castilla y León: Pasa de 43 millones de euros a recibir 78 millones.

Cataluña: Pasa de 117 millones de euros a recibir 209 millones.

Ceuta: Pasa de 0,8 millones de euros a recibir 1,4 millones.

Extremadura: Pasa de 24 millones de euros a recibir 43 millones.

Galicia: Pasa de 45,8 millones de euros a recibir 82,2 millones.

La Rioja: Pasa de 13,6 millones de euros a recibir 24,5 millones.

Madrid: Pasa de 128 millones de euros a recibir 229 millones.

Melilla: Pasa de 0,8 millones de euros a recibir 1,4 millones.

Murcia: Pasa de 35 millones de euros a recibir 63,5 millones.

Comunidad Valenciana: Pasa de 92 millones de euros a recibir 194 millones.

 

 

preguntasPreguntas frecuentes sobre el Plan de Vivienda

  • Si no tengo trabajo ni derecho a paro, ¿me tienen que dar la ayuda?

No tiene por qué. La cuestión es si en tu casa se llega a los ingresos mínimos, tu situación personal da igual.

  • Para poder solicitar la ayuda, ¿tengo que ser titular del contrato?

Sí. Además, tendrás que estar empadronado en la vivienda

  • ¿Contarán los ingresos de todas las personas empadronadas?

Sí.

  • No estoy empadronando ni soy titular del contrato, ¿cuentan mis ingresos?

En este caso se considera que no formas parte del hogar, tus ingresos no cuentan pero tampoco puedes solicitar la ayuda.

  • Mi contrato de alquiler, ¿cómo tiene que ser para que sea válido?

El contrato debe regirse y estar formalizado según la Ley de Arrendamientos Urbanos. De nada sirven  los contratos verbales o que tu casero te redacte en un folio algo parecido a un contrato y que ambos lo firméis.

  • Si cambio de domicilio mientras estoy disfrutando de la ayuda, ¿qué tengo que hacer?

Deberás notificarlo a la Consejería de Vivienda lo antes posible para que valore las nuevas condiciones y vean si puedes seguir recibiendo esa ayuda.

  • ¿Puedo pedir la ayuda si tengo una vivienda en propiedad?

No, a no ser que sea una vivienda de la que no puedes disfrutar, ya sea por un divorcio o porque tienes alguna discapacidad que te impida acceder a la misma. Y además deberás demostrarlo.

  • Si mi casero es familiar o tengo negocios en común con él, ¿puedo solicitar esta ayuda?

Si tienes negocios, no. Y si sois familia, depende del grado de consanguinidad o de afinidad. No podrás solicitar la ayuda si estás alquilando una casa a tus familiares de primer o segundo grado, es decir: padres, suegros, abuelos, hermanos y cuñados. La casa de tus tíos la puedes alquilar sin ningún problema.

  • ¿Durante cuánto tiempo puedo recibir la ayuda?

Esta ayuda está prevista para que dure 3 años y además tendrá un carácter retroactivo es decir, contará desde el 1 de enero de 2018 aunque lo gestiones con posterioridad. Eso sí, los requisitos para ser beneficiario se tienen que cumplir desde el mes de enero

  • ¿Puedo solicitar esta ayuda si estoy disfrutando de otra?

Esta ayuda es incompatible con el Programa de Renta Básica de Emancipación ni con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler de este Plan o que puedan conceder las Comunidades Autónomas o cualquier administración o entidad pública.

  • ¿Qué hago si me suben el alquiler durante la ayuda o si cambian mis condiciones laborales?

Los beneficiarios están obligados a comunicar a la Consejería de Vivienda cualquier modificación de las condiciones por las que se le concedieron la ayuda.

  • ¿Dónde y cuándo se solicitan estas ayudas?

Para poder solicitar estas ayudas se debe acudir a la Consejería de Vivienda de cada comunidad autónoma.

  • Tengo menos de 35 años y quiero comprar una casa, ¿puedo solicitar alguna ayuda dentro de este Plan?

Sí, pero debes cumplir varios requisitos. La ayuda se dará solo si ese inmueble está en un municipio con menos de 5.000 habitantes. Que el precio de la vivienda sea inferior a 100.000 euros y que los ingresos anuales no superen los 22.558 son los otros dos requisitos para poder solicitar esta prestación. El debate surge cuando al mirar los datos se percibe que solo uno de cada 10 jóvenes podrán pedir esta ayuda. ¿Serás uno de ellos?

 

Fuente: El Pais, ABC, El Confidencial, El Correo

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